Ley de Contratos del Sector
Público (Ley 9/2017) en España,
es la normativa clave que regula cómo las administraciones públicas y otras
entidades del sector público deben contratar bienes, servicios y obras.
CIEC Base de Precios se utiliza como referencia de mercado para la estimación de costes y presupuestos en
obras públicas y privadas, y es aceptada y recomendada por Administraciones
Públicas y técnicos como un instrumento de análisis de precios de mercado en el
sector de la construcción.
RD 9/2017 art. 100- …El
Presupuesto base de licitación en el
momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el
presupuesto base de licitación sea adecuado
a los precios del mercado…
Por tanto, aunque la LCSP no
nombra específicamente a CIEC, sí obliga
a que la estimación de precios y costes se haga conforme al mercado, lo que
legitima el uso de herramientas de referencia como CIEC en presupuestos,
pliegos, informes técnicos y licitaciones.
Conclusión técnica, económica y jurídica
Desde un punto de vista técnico, la Base de Precios de la Construcción CIEC
constituye una herramienta objetiva y sistematizada para la descomposición de
unidades de obra, incorporando criterios actualizados de materiales, mano de
obra y rendimientos. Su estructura permite a los técnicos proyectistas,
directores de obra y peritos fundamentar
sus presupuestos y valoraciones con criterios homogéneos y verificables, reduciendo
la discrecionalidad y aumentando la trazabilidad de los costes.
En el ámbito económico, el uso de CIEC contribuye a garantizar que los presupuestos de obras públicas y privadas se ajusten
a los precios reales del mercado, evitando tanto la infravaloración de los
costes —que puede derivar en bajas temerarias, modificaciones contractuales o
conflictos posteriores— como la sobrevaloración injustificada del presupuesto
base. De este modo, CIEC actúa como un
instrumento de equilibrio económico y de racionalidad en la estimación del
coste de las obras.
Desde la perspectiva jurídica, aunque la Ley 9/2017 de Contratos del Sector
Público no menciona expresamente a la Base de Precios CIEC, el mandato
contenido en su artículo 100, que obliga a que el presupuesto base de
licitación sea adecuado a los precios del mercado, legitima plenamente el uso
de bases de precios reconocidas como referencia técnica. En este contexto, CIEC
se integra como un medio válido de
justificación del cumplimiento de los principios de transparencia, eficiencia y
correcta estimación del valor del contrato exigidos por la normativa de
contratación pública.
En consecuencia, la Base de
Precios CIEC no tiene naturaleza normativa propia, pero su utilización está técnica,
económica y jurídicamente amparada como instrumento de referencia para la
elaboración de presupuestos, pliegos, informes técnicos y valoraciones en
procedimientos de contratación, así como en informes periciales y
reclamaciones, especialmente cuando se trata de acreditar la adecuación de los
precios a las condiciones
reales del mercado.
