Ley de Contratos del Sector
Público (Ley 9/2017) en España,
es la normativa clave que regula cómo las administraciones públicas y otras
entidades del sector público deben contratar bienes, servicios y obras.
CIEC Base de Precios se utiliza como referencia de mercado para la estimación de costes y presupuestos en obras públicas y privadas, y es aceptada y recomendada por Administraciones Públicas y técnicos como un instrumento de análisis de precios de mercado en el sector de la construcción.
RD 9/2017 art. 100- …El Presupuesto base de licitación en el momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado…
Por tanto, aunque la LCSP no nombra específicamente a CIEC, sí obliga a que la estimación de precios y costes se haga conforme al mercado, lo que legitima el uso de herramientas de referencia como CIEC en presupuestos, pliegos, informes técnicos y licitaciones.
Conclusión técnica, económica y jurídica
Desde un punto de vista técnico, la Base de Precios de la Construcción CIEC constituye una herramienta objetiva y sistematizada para la descomposición de unidades de obra, incorporando criterios actualizados de materiales, mano de obra y rendimientos. Su estructura permite a los técnicos proyectistas, directores de obra y peritos fundamentar sus presupuestos y valoraciones con criterios homogéneos y verificables, reduciendo la discrecionalidad y aumentando la trazabilidad de los costes.
En el ámbito económico, el uso de CIEC contribuye a garantizar que los presupuestos de obras públicas y privadas se ajusten a los precios reales del mercado, evitando tanto la infravaloración de los costes —que puede derivar en bajas temerarias, modificaciones contractuales o conflictos posteriores— como la sobrevaloración injustificada del presupuesto base. De este modo, CIEC actúa como un instrumento de equilibrio económico y de racionalidad en la estimación del coste de las obras.
Desde la perspectiva jurídica, aunque la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público no menciona expresamente a la Base de Precios CIEC, el mandato contenido en su artículo 100, que obliga a que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado, legitima plenamente el uso de bases de precios reconocidas como referencia técnica. En este contexto, CIEC se integra como un medio válido de justificación del cumplimiento de los principios de transparencia, eficiencia y correcta estimación del valor del contrato exigidos por la normativa de contratación pública.
En consecuencia, la Base de Precios CIEC no tiene naturaleza normativa propia, pero su utilización está técnica, económica y jurídicamente amparada como instrumento de referencia para la elaboración de presupuestos, pliegos, informes técnicos y valoraciones en procedimientos de contratación, así como en informes periciales y reclamaciones, especialmente cuando se trata de acreditar la adecuación de los precios a las condiciones reales del mercado.























